Una carta de donación del siglo XI documenta sin género de duda la presencia judía en Oviedo, pero ya antes de eso, en escritos de las dos centurias anteriores, aparecen numerosos testigos de los que por su nombre se puede inferir con poco margen de error que eran judíos: Zabaiub iben Tebit, Sisebutus Iben Pepi, Theudericus Daneli, Aubaiub iben Thebiti, Abozehar, Abaiub, Iermias… así, es razonable suponer que Oviedo contó con ciudadanos sefardíes prácticamente desde que Alfonso II eligió la ciudad como capital de su reino asturiano, aunque no sería hasta el siglo XII cuando cobra importancia dentro de la vida de la ciudad.
Para entonces, la corte ya se había trasladado a León, pero la capital asturiana seguía desarrollándose como una urbe próspera y con una gran actividad comercial en la que influyeron no poco las rutas Jacobeas que la atravesaban. Según los historiadores, la comunidad sefardí se desarrolló de forma importante durante los dos siguientes siglos, en la relativa seguridad de una ciudad muy lejos de los conflictos fronterizos y en un clima de razonable tolerancia. Así, fue durante el siglo XIII cuando la comunidad judía ovetense alcanza su periodo de máximo esplendor, coincidiendo con el reinado de Fernando III, que había unificado los reinos de Castilla y de León.
En aquel momento no existía una judería como tal, sino que los judíos vivían en Oviedo mezclados con los cristianos en distintas zonas de la ciudad y su prosperidad fue tan notable como para permitirles alcanzar importantes cargos públicos: entre 1216 y 1225 uno de ellos, llamado Mari Xabe, fue merino de Oviedo, una responsabilidad desde la que se encargaba tanto de impartir justicia y dirimir pleitos como de administrar el patrimonio real en la ciudad.
Como en la mayor parte de los reinos y territorios de la España medieval, esta situación empieza a cambiar en la última parte del siglo XIII. En Oviedo el Concejo de la ciudad comienza a incluir medidas restrictivas para los sefardís en sus Ordenanzas de 1274, en las que, por ejemplo, se establecen límites al préstamo o al empeño. A partir de ese momento se empiezan a aplicar, aunque por lo que parece de una forma no excesivamente estrictas, otras normativas de carácter antijudío castellanas. Quizá lo más significativo de las citadas ordenanzas era la obligación para los judíos de residir en una zona de la concreta, porque según explicaba la propia ordenanza:
«(…) los judíos se esparcían a morar por la uilla espassadamiente, porque venía gran danno a la uilla en muchas maneras que non queremos declarar»
Así que, desde ese momento, los sefardís ovetenses fueron confinados al barrio de Socastiello:
«(…) mandamos que de aquí adelantre que los judíos et judías que moren en Socastiello, desde la porta del castiello ata la porta nova de Socastiello.»
También se recogía la posibilidad de que viviesen en casas fuera del recinto amurallado, que en cualquier caso ya era una zona en la que judíos y cristianos se estaban estableciendo. Sólo unos pocos años después el rey Sancho IV dicta otra disposición antijudía, prohibiendo que la comunidad sefardí ovetense tuviese sus propios alcaldes -en el sentido de jueces- como hasta entonces tenían para dictaminar sobre los asuntos y conflictos legales de la comunidad.
Estas leyes empezaron a marcar un declive de la comunidad sefardí de Oviedo, como lo habían marcado en otras zonas. A ellas se unieron nuevas restricciones un siglo después, siendo obispo Gutierre de Toledo, que condenaba a la excomunión a aquellos que participasen en las bodas o enterramientos de judíos, o a los que realicen negocios con sefardíes o con musulmanes, y trató de impedir también que los judíos ejerciesen oficios públicos. Paradójicamente, las disposiciones tan restrictivas y referidas a cosas como bodas, enterramientos o fiestas transmiten la idea de que ambas comunidades convivían con naturalidad y participaban de las celebraciones de unos y otros.
Ya en el siglo XV una carta nos permite saber la localización exacta del cementerio judío de la ciudad, que estaba en un solar cerca del convento de Santa Clara, fuera del recinto amurallado y donde hoy está el famoso Teatro Capoamor. Los terrenos, que se denominaban Huerta de los Judíos, pertenecían a Mencía Fernández, hija del médico Yuçaf. Ese mismo cementerio fue incautado por el Concejo de la ciudad en agosto de 1492, sólo unos meses después de la expulsión, pero lo dejó abandonado de forma que la gente empezó a usar el lugar como terreno de cultivo, lo que acabó llevando a un juicio en el que varios testigos confirmaron su carácter de camposanto hebreo.
La continua renovación urbanística de Oviedo hace que muy poco de la antigua judería ovetense haya llegado a nosotros, pero aún así es posible encontrar su recuerdo en las calles estrechas de lo que era el barrio Socastiello, que como su propio nombre indica estaba junto al Castillo Real y el Alcázar, en las cercanías de lo que hoy es Plaza de Porlier, en la que un mapa identifica los asentamientos judíos en la cercanías y cita alguno de los principales hitos en la historia sefardí de la ciudad.
En esta zona y en una plazuela de nombre tan bonito como Trascorrales se encuentra el edificio de las antiguas Pescaderías, que según algunos estaría relacionado con una cercana carnicería judía, que era siempre uno de los edificios comunitarios que tenían las aljamas sefardís. También algunos elementos simbólicos nos sirven para refrescar en la memoria de la ciudad a aquellos ovetenses que tuvieron que marcharse en 1492, como por ejemplo la placa en la fachada del Teatro Campoamor, que recuerda que bajo ese edificio está lo que era el cementerio judío.
Otra placa recuerda en la plaza de Juan XXIII, donde según los expertos estaba probablemente uno de los límites de la judería, las leyes antijudías que promulgó a finales del siglo XIII Sancho IV. Y, finalmente, el viajero no debe dejar de pasar por el número 11 de la calle Fontán, en la que más de cinco siglos después volvió a instalarse una sinagoga para la actual comunidad judía asturiana, que es además un activo centro cultural.
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